<< [...] Los acuerdos internacionales establecidos entre el Estado español y la Santa Sede, dejan entrever lo que podría denominarse un cierto déficit democrático y de respeto a los principios constitucionales establecidos en la Constitución Española de 1978. Por un lado, cabe destacar el hecho de que estos acuerdos firmados oficialmente con fecha posterior a la constitución, fueron negociados, como ésta, previamente, en un período preconstitucional, y la razón de éste hecho no fue otra que la de intentar salvaguardar el papel de la Iglesia Católica en el Estado español. A éste hecho bien podría imputarse el carácter extensivo de estos acuerdos, su amplitud, su profundidad, y el relevante y distintivo papel que se le otorga a la Iglesia Católica en el marco del fenómeno social español. Esta es una de las principales conclusiones del estudio realizado. Los acuerdos actuales suscritos con la Santa Sede responden a una interpretación extensiva de los principios que llaman al estado a colaborar con las confesiones religiosas, y en especial con la Católica. Éste hecho vulnera en parte, tal como anunciábamos, el principio de igualdad expresado en el artículo primero de nuestra constitución. Así lo considero ya que, las peculiaridades que se establezcan en las relaciones con la Iglesia, y que de alguna forma la constitución prescribe en su artículo 16, no pueden ser interpretadas como de limitación positiva, pues el principio de igualdad nos insta al restringir al máximo las diferencias de trato que se puedan dar hacia unos u otros individuos en el Estado, esto significa que si bien se justifican los acuerdos, su contenido no puede ir más allá del estrictamente necesario para garantizar el ejercicio del derecho a libertad religiosa. Además está restrictiva interpretación viene también en relación a el principio de aconfesionalidad del Estado español, principio que se recoge junto al de libertad religiosa en el ya nombrado articulo 16, y que pretende desvincular la Iglesia Católica del Estado, promoviendo una sociedad donde la pluralidad religiosa y la tolerancia hacia cualquier creencia sean la base del sistema en este ámbito. Dos valores también recogidos expresamente en nuestro texto constitucional. [...] >>
Documento Completo "Una visión crítica. Los acuerdos españoles con la Santa Sede
desde la perspectiva de los acuerdos internacionales."
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